Los gastos extraordinarios (cirugías, ortodoncia, lentes, matrícula anual, uniformes, viajes de estudio, terapias) NO están incluidos en esta pensión mensual. Se pagan cuando ocurren, contra boleta o factura, y se reparten entre ambos padres a prorrata de sus ingresos o por partes iguales, según se acuerde o lo fije el tribunal.
Herramienta referencial que constituye asesoría legal, pero no reemplaza una resolución judicial. El monto definitivo lo fijan los Tribunales de Familia (Arts. 3 y 7 Ley 14.908 y Art. 323 Código Civil). Verifique el IMM y la UTM vigentes a la fecha de cálculo.
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